Hablamos de infecciones hospitalarias para referirnos a la enfermedad que un individuo contrae tras su paso por un centro sanitario, es decir que no padecía o había estado incubando antes de su internamiento en el hospital o centro médico en el que esté afincado, ello debido a virus o bacterias perjudiciales que ha contraído, fruto de la falta de asepsia o de control higiénico en las instalaciones o el material hospitalario.

Y es que no son pocos los casos en los cuales un paciente ha salido en peor estado del que se le ingresó, incluso si la causa de su internamiento fue lo mas leve posible. Ya habíamos oído el caso de lesiones o fallecimientos derivados de negligencias médicas por  intervenciones mal efectuadas, incluso sin tratarse de temas urgentes (pacientes que han perdido la movilidad cuando a lo mejor solo iban a operarse una molestia en la rodilla,…), o por razones de mal seguimiento diagnostico, alta precipitada,… y sin embargo nada parece tan impredecible como el hecho de contraer una dolencia, que antes a lo mejor ni se padecía, por la falta de asepsia en centros supuestamente especializados para el correcto tratamiento de enfermos y demás pacientes.

Es por lo tanto sorprendente que una persona pueda salir con un perjuicio, posiblemente grave, de manos de un sistema sanitario cuya principal obligación es la sanar a los individuos mas perjudicados, y mas aun si ese perjuicio se deriva de la falta de higiene o medicalización, ya sea del material, del personal o del acondicionamiento del propio establecimiento.

Casos de Infección hospitalaria por Negligencia médica

Son variados los casos de Infección hospitalaria por Negligencia médica en los que, por ejemplo, un paciente, que ha perdido sangre después de un accidente de tráfico, por ejemplo, y al hacérsele la correspondiente transfusión se le transmite una infección (la mas común, la Hepatitis C, junto con las infecciones de tipo respiratorio) debido a una jeringuilla que no ha sido correctamente esterilizada tras ser utilizada en un paciente portador del virus.

Y lo que en principio podría parecer un descuido, puede tener consecuencias gravosas e irreparables para el perjudicado, no solo a nivel físico (lesiones, enfermedades, incapacitaciones,…), sino también a nivel económico (gastos en tratamientos, antibióticos, psicólogos,…) que nunca debiere de haber soportado si el centro o los facultativos hubiesen seguido la lex artis requerida en materia de asepsia.

Lo lógico sería promover la necesidad de homogeneizar las políticas de prevención y control de este tipo de infecciones, y de forma más activa, una cultura de seguridad del paciente que cuente con unos sistemas de información adecuados, armonización de indicadores y estándares, de forma consensuada, unos servicios profesionales que se ocupen de implantar estos programas y, finalmente, los recursos necesarios para llevarlos a cabo.

Pero hasta que todo esto se haga efectivo, las infecciones y su forma de contraerlos y combatirlos, van a seguir ahí, y por tanto hay que estar preparados, no solo para afrontarlo, sino para tener las pautas de cómo hacerlo de la manera más correcta.

Reclamar una negligencia médica por Infección hospitalaria

Prima la importancia de tener todo el historial clínico, consentimiento informado incluido, en regla, y a ser posible fotocopiado con el objetivo de evitar posibles alteraciones de la cronología de hechos, muy importante para determinar la causalidad entre la infección contraída y el procedimiento efectuado, de manera negligente, por el facultativo encargado de llevar a cabo la intervención, o el personal encargado de pasar el consulta o de esterilizar los productos, o el propio centro, en caso de respetar las medidas de medicalización de las instalaciones hospitalarias.

La cronología de hechos es vital, puesto que se empezara a considerar infección hospitalaria pasadas entre 48-72 desde que se contrajo en el centro en el que el perjudicado fue tratado. De ahí la importancia de pedir y tener al día copias de toda la documentación, las cuales han de ser reclamadas tanto al facultativo interventor como al centro donde se llevo a cabo la operación, pues que se trata de un derecho fundamental e inherente a todo paciente el poder consultar, y tener a su disposición, en cualquier momento, su historial clínico, y es obligación del facultativo el de llevarlo todo al día, y entregárselo cuando se lo pida.

La idea es la de determinar, mediante toda la documentación requerida, y gracias a la correspondiente pericia, que efectivamente hubo vulneración de la lex artis a la hora de tratar al paciente que permitió que éste contrajese la infección de que sea trate (VHC, VIH, urinarias, gastrointestinales,…) de la forma que se trate, siempre que sea en un ambiente sanitario:

  • Jeringuillas, bastoncillos o paletas mal esterilizada / higienizadas entre una intervención a otra
  • Catéter mal puesto o mal esterilizado
  • Mala separación entre pacientes (o acompañantes) entre salas

Y establecer la correspondiente reclamación con el fin de cubrir gastos en antibióticos o tratamientos que permitan eliminar o remitir un dolencia para la cual uno no estaba preparado, y de la cual, puede caber la posibilidad que ni se recupere.

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