¿Qué es un consentimiento informado?

Como en muchas situaciones a las que nos tenemos que exponer a diario, cabe la posibilidad de que alguna de ellas implique un riesgo, en ocasiones muy probable, en este caso para la persona del paciente que pretende ser «curado» por el profesional sanitario que se trate.

Es posible, por ejemplo, que en una operación a corazón abierto, pueda existir la posibilidad, por muy remota que sea a veces, aunque no descartable debido a la delicadez de la intervención, que algo pueda salir mal (tocamiento de algún otro órgano vital, corte más profundo de lo necesario,…) y por tanto pueda empeorar, o perjudicar en el peor de los casos, la salud del paciente.

Es por ello posible que en muchos casos (no siempre es así) el profesional sanitario remita al paciente un documento por el cual este último autorice por escrito, a través de su firma, la realización del plan médico propuesto por el sanitario para un correcto seguimiento del tratamiento y la evolución del paciente.

El consentimiento informado basa su existencia necesidad / derecho que tiene todo paciente de informarse sobre un procedimiento, cirugía o tratamiento antes de decidir si acepta recibirlo.

En el citado informe han de constar:

  • Información (o instrucciones para obtener la pertinente información) acerca del tratamiento que se va a llevar a cabo, con su etapas, en qué va a consistir, fechas, medicamentos,…
  • Destacar, principalmente, los posibles riesgos, y, de asumirse, los «posibles´´ beneficios del tratamiento.
  • Debe informarse también sobre los riesgos y beneficios de otras opciones, incluyendo no recibir tratamiento (suele pasar mucho en los tratamientos contra el cáncer, con el fin de no producirle mas sufrimiento al paciente, puesto que puede tratarse de tratamientos largos, costosos, y sobre todo, dolorosos).
  • Todas las preguntas que el paciente, así como las correspondientes respuestas han de constar también en el informe con el objetivo de disuadir las dudas.
  • Debe constar asimismo que efectivamente el médico que va a realizar la intervención contiene el historial médico del paciente para servirse de hoja de ruta al intervenirlo. Asimismo que los datos del paciente, o las de la(s) persona(s) de contacto en caso de posibles complicaciones,…

En el caso de que el paciente reciba más de un tipo de tratamiento, probablemente necesitará un consentimiento informado por separado para cada uno de los procedimientos,…

Cuál es el objetivo de un consentimiento informado

A grandes rasgos, el objetivo del principal del consentimiento informado es el de asegurarse que el paciente entiende el propósito al cual va a ser sometido, con todos sus pros y sus contras, así como la posibilidad de ofrecer alternativas, incluso sin llevarlas el profesional o centro en el cual el paciente ha sido ingresado.

Darle ya mayor cantidad de información posible con respecto a su caso, para que el paciente pueda valorarla elegir lo que mas le convenga o convenza, siempre en interés de su salud. Es responsabilidad del médico proporcionar la información adecuada.

Por otro lado también forma parte de una consigna para el profesional sanitario por el cual ha de respetar la autonomía de voluntad del individuo al que va a tratar, es decir que tiene la obligación de respetar a los pacientes como individuos y hacer honor a sus preferencias en cuidados, dejando de lado sus intereses personales.

Asimismo sirve con escudo judicial contra o a favor de una supuesta reclamación. El citado permiso protege, tanto a los pacientes en caso de intervenciones no autorizadas o negligencias derivadas de la intervención principal; como al médico en el caso de recibir acusaciones de una intervención mal hecha, si puede probar que se advirtieron los riesgos (y siempre y cuando se trata de estos mismos) y siempre y cuando se demuestre que no pudo haber causalidad.

Para que un consentimiento pueda considerarse válido también ha de cumplir una serie de requisitos:

  • El primer y más importante es que ha de ser voluntario, es decir, que no puede mediar coacción o coerción durante su firma. Ha de ser valorado y firmado por el paciente bajo su libre albedrío. Tampoco puede mediar esta situación en el caso inverso, es decir del paciente al médico
  • A raíz de lo anteriormente expuesto, en materia de libertad para decidir firmar o no el consentimiento, los pacientes adultos deberán estar en el uso de sus facultades mentales para poder tomar sus propias decisiones. En el caos de padecer algún tipo de incapacidad mental grave o no puede dar su consentimiento, por ser menor de edad, por ejemplo, entonces los padres, el tutor legal o una persona autorizada por un tribunal puede dar el consentimiento antes de comenzar el tratamiento.

Sobre la imperiosa necesidad de recibir el consentimiento del paciente con el objetivo de realizar una intervención, es variada la jurisprudencia que trata sobre el tema, sobre el cual resaltamos la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en la sección 4ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (TSJ Cataluña Sala de lo Contencioso-Administrativo, sec. 4ª, S 7-2-2017, nº 78/2017, rec. 162/2016), a través de la cual declara:

«que toda intervención quirúrgica exige el previo consentimiento informado, lo que presupone poner al corriente al paciente, o a quien pueda dar el consentimiento por él, de las características y alcance de la operación proyectada. No basta, así, que haya consentimiento, sino que éste ha de ser informado y, por consiguiente, suficientemente preciso y detallado. El defecto del consentimiento informado se considera como un incumplimiento de la “lex artis” y revela una manifestación de funcionamiento anormal del servicio sanitario, pero obviamente se requiere que se haya ocasionado un resultado lesivo como consecuencia de las actuaciones médicas realizadas sin tal consentimiento informado«

Destacar por último, pero no menos importante, que existen casos en los que se exceptúa el consentimiento informado. Uno de ellos ya lo hemos citado anteriormente, y es que exista algún tipo de incapacidad en la figura del paciente, por lo que será necesario contactar con su persona de contacto más próxima (normalmente padres o tutores).

Los otros caso en los que la necesidad de consentimiento informado queda exceptuada es que exista una urgencia grave en el paciente que haya de ser tratada rápidamente al momento; o que exista algún riesgo para la salud pública (epidemia,…) que obligue al aislamiento y tratamiento inmediato con el objetivo de proteger al resto de la población.

¿Tiene alguna duda sobre el consentimiento informado que le ha hecho firmar su médico?

Llámenos al 900 264 199 y será atendido por uno de nuestros profesionales especializados en negligencias médicas.

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